Escudo de la República de Colombia

Normatividad

Normatividad

Relación con el Programa de Egresados

1. Que el Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior Universitario, en sus artículos 28, 34 (numeral 6), 43 y 57 (numeral 7), reconoce la representación de Asociaciones y Egresados en algunos cuerpos colegiados.


2. Que el artículo 52 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario refiere sobre los requisitos para obtener un título de la Universidad Nacional de Colombia “…Son requisitos para obtener un título de la Universidad Nacional de Colombia los siguientes: haber aprobado el mínimo de créditos contemplados por el programa curricular de acuerdo con el plan de estudios, y haber cumplido con todos los requisitos académicos adicionales y administrativos de la Universidad, de acuerdo con reglamentación emanada por el Consejo Académico para tal fin.


3. Que el artículo 2 de la Ley 1188 de 2008 del Congreso de la República determina que “…para obtener el registro calificado de los programas académicos, las instituciones de educación superior deberán demostrar el cumplimiento de condiciones de calidad de los programas y condiciones de calidad de carácter institucional como la existencia de un programa de egresados que haga un seguimiento a largo plazo de los resultados institucionales, involucre la experiencia del egresado en la vida universitaria y haga realidad el requisito de que el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.”


4. Que los artículos 4, 21 y 22 del Acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario garantizan la vinculación y participación de los egresados en proyectos, planes y/o programas de Extensión en la Universidad Nacional de Colombia.


5. Que el artículo 6 del Decreto 1295 de 2010 de la Presidencia de la República, sobre la evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional, establece que las instituciones de educación superior deben presentar información que permita verificar el desarrollo de una estrategia de seguimiento de corto y largo plazo a egresados que permita conocer y valorar el desempeño e impacto social de los programas, así como estimular el intercambio de experiencias académicas e investigativas.


6. Que el artículo 6 del Decreto 1295 de 2010 de la Presidencia de la República exige a las instituciones de educación superior presentar información para verificar “…el desarrollo de una estrategia de seguimiento de corto y largo plazo a egresados, que permita conocer y valorar su desempeño y el impacto social del programa, así como estimular el intercambio de experiencias académicas e investigativas”.


7. Que el Acuerdo 014 de 2010 del Consejo Superior Universitario reestructuró y consolidó el Programa de Egresados de la Universidad Nacional de Colombia.


8. Que la Resolución 239 de 2012 de la Vicerrectoría General de la Universidad Nacional de Colombia reglamenta el registro de Asociaciones de Egresados ante la Universidad Nacional de Colombia.


9. Que el artículo 2 de la Resolución RG 030 de 2012 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia establece dentro de las finalidades de la modalidad de educación continua y permanente fomentar los nexos con los egresados de la Universidad.


10. Que el Programa de Egresados, da cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 del Congreso de Colombia y sus normas concordantes en el desarrollo del Derecho Constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, a través de lo dispuesto en la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Universidad Nacional de Colombia.


11. Que la Resolución RG 026 de 2012 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia reglamenta el portafolio de servicios para egresados de la Universidad Nacional de Colombia.


12. Que el Acuerdo 109 de 2013 del Consejo Superior Universitario establece las distinciones a Egresados de la Universidad Nacional de Colombia que buscan reconocer logros sobresalientes durante su experiencia profesional, académica, investigativa o administrativa.


13. Que la Resolución 825 de 2014 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia reglamenta el procedimiento para la nominación y otorgamiento de las distinciones a egresados de la Universidad Nacional de Colombia.


14. Que en la Resolución 1481 de 2014 del Ministerio del Trabajo establece los requisitos que las agencias de servicios de gestión y colocación de empleo deben cumplir para reclutar o colocar oferentes de mano de obra en el extranjero.


15. Que la Resolución 3999 de 2015 del Ministerio de Trabajo define las condiciones jurídicas, técnicas y operativas que deberán cumplir las personas jurídicas interesadas en obtener y mantener la autorización para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo, así como el alcance de los servicios de gestión y colocación de empleo.


16. Que la Resolución 129 de 2015 de la Unidad del Servicio Público de Empleo establece los lineamientos sobre el registro y publicación de vacantes.


17. Que la Resolución 440 de 2019 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia adoptó la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Universidad Nacional de Colombia y se definen los responsables para su implementación, que será de obligatorio cumplimiento en el trato de datos personales y bases de datos y/o su tratamiento.


18. Que el artículo 5 de la Resolución 253 de 2019 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia, que adopta la política de carné institucional, acredita al egresado y lo faculta para ejercer derechos y deberes dentro y fuera de la Universidad Nacional de Colombia, a través del carné institucional con validez permanente.